°. Dirección General . Las funciones de la Dirección General serán las siguientes
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el cumplimiento de las funciones generales del Instituto, así como la ejecución de los planes, programas y proyectos.
Definir el Plan Estratégico del Instituto y los planes y programas necesarios para dar cumplimiento al objetivo del Instituto y presentarlos a aprobación del Consejo Directivo.
Ser nominador y ordenador del gasto, hacer las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la entidad.
Ejercer la representación legal del Instituto en todos los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y nombrar los apoderados especiales que demande la defensa de los intereses del Instituto.
Delegar la facultad para celebrar contratos, con sujeción a las cuantías que señale el Consejo Directivo y en los términos previstos en el estatuto general de contratación de la administración pública y en las normas que lo reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan.
Expedir los actos administrativos requeridos para el adecuado funcionamiento de la entidad.
Nombrar, dar posesión, remover y promover al personal del Instituto, trazando la política de administración de personal, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.
Presentar a consideración del Consejo Directivo, para la aprobación del Gobierno nacional, las modificaciones de la estructura y planta de personal que considere pertinentes.
Crear y organizar mediante acto administrativo grupos internos de trabajo y órganos de asesoría y coordinación, para atender el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos del Instituto.
Presentar los informes correspondientes al Presidente de la República, al ministro de Salud y Protección Social y a las instancias que la ley determine.
Presentar al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto y los planes de inversión del Instituto, de conformidad con las disposiciones que regulan la materia.
Establecer relaciones con universidades y organismos de investigación científica y desarrollo tecnológico nacionales e internacionales, con el objetivo de promover e incentivar en el Instituto los intercambios científicos y la consecución de recursos de cooperación técnica.
Promover la coordinación de actividades entre el Instituto, el Ministerio de Salud y otras entidades del sector salud.
Proponer al Gobierno nacional planes de desarrollo e inversión, en el área de la donación y los trasplantes de órganos, tejidos y células.
Ejercer la segunda instancia de la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios de la entidad, de conformidad con las funciones y competencias establecidas en el Código General Disciplinario.
Crear, organizar y determinar la integración de Comisiones Técnicas por cada tipo de órgano, tejido o células, que se requieran para el apoyo de las funciones especializadas del Instituto.
Las demás funciones que le sean asignadas o que le correspondan por virtud de la Constitución y la ley.