Micelio

Artículo 4

Decreto 1653 de 1955 · Por el cual se reforma el decreto número 0831 de 1954

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo cuarto. El presente Decreto regirá a partir del día primero de junio de 1955. Comuníquese,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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