º. El director del Programa Presidencial "Colombia Joven", cumplirá las siguientes funciones
Asesorar al presidente de la República en la formulación de la política pública de juventud y en la orientación, coordinación, supervisión y ejecución de planes, programas y proyectos que deban realizarse bajo su inmediata dirección.
Establecer estrategias que permitan la inclusión del tema juventud en las políticas de desarrollo social y económico que adelantan las entidades estatales del orden nacional y territorial.
Proponer mecanismos e instrumentos que permitan coordinar y concertar acciones con otros organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales, para el cabal desarrollo del Sistema Nacional de Juventud.
Proponer y coordinar el diseño y la ejecución de planes, programas y proyectos en favor, de la juventud y la inclusión de los mismos en los planes de desarrollo nacionales y territoriales.
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades operativas del Programa Presidencial "Colombia Joven", en materia de programación, seguimiento, evaluación y control para la ejecución de las políticas de juventud.
Establecer mecanismos que permitan el fomento de la formación para el trabajo, el tiempo libre y la vinculación del joven a la vida económica, cultural, a la globalización y a la competitividad.
Coordinar acciones de promoción y realización de estudios e investigaciones sobre temas y asuntos que conciernen a la juventud y del impacto de las políticas adoptadas por el Gobierno Nacional, en tales materias.
Proporcionar estrategias para la asesoría y la asistencia técnica a las entidades territoriales en el desarrollo de la política pública de juventud.
Diseñar y poner en marcha mecanismos que permitan la formación para la participación de la juventud en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
Coordinar acciones tendientes a la generación de oportunidades para que los jóvenes mejoren su formación integral y su calidad de vida.
Organizar y gestionar un banco de programas y proyectos dirigidos a la juventud.
Dirigir y coordinar la debida publicación y difusión de acciones, programas y proyectos que se adelanten.
Orientar, organizar y controlar la atención de las solicitudes y peticiones que eleven las personas al programa.
Las demás que le sean asignadas por la ley, los reglamentos, el Presidente de la República y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.