Micelio

Artículo 5

En Toda Autorización De Las Entidades Competentes De Que Trata El Artículo 2º Del Presente Decreto Se Expresará Lo Siguiente: A) Número De Supernumerarios Que Se Autoriza Vincular; B) Duración De La Vinculación, Y C) La Remuneración Que Se Pagará A Los Supernumerarios

Decreto 1792 de 1983 · Por el cual se congelan las plantas de personal de los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En toda autorización de las entidades competentes de que trata el artículo 2º del presente Decreto se expresará lo siguiente

a)

Número de supernumerarios que se autoriza vincular;

b)

Duración de la vinculación, y

c)

La remuneración que se pagará a los supernumerarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1792 de 1983