Artículo primero. Autorízase al Gobierno Nacional para aumentar en cuarenta y nueve millones de pesos ($ 49.000.000.00) moneda corriente, la emisión de los Pagarés de Deuda Pública Interna- ordenada por los Decretos legislativos números 1, 3 y 9 de 1961.
Decreto 18 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 18 de 1961 · Por el cual se adicionan los Decretos legislativos números 1, 3 y 9 de 1961
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.