Micelio

Artículo 39

Decreto 1725 de 1997 · por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Administrador Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto El dorado de Santa Fe de Bogotá. Conforme a las políticas, instrucciones y delegaciones del Director General, son funciones del administrador para ejercerlas directamente o a través de su organización interna, en el Aeropuerto Internacional de El dorado de Santa Fe de Bogotá, las siguientes

a)

Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecución de las funciones propias de las dependencias y servidores públicos tributarios y aduaneros bajo su jurisdicción, conforme a los programas, manuales, normas e instrucciones emanadas del Nivel Central,

b)

Dirigir, coordinar, supervisar, controlar y ejecutar los servicios aduaneros que se ofrecen en el Aeropuerto Internacional El dorado de Santa Fe de Bogotá;

c)

Presentar y responder ante el Director General, por los resultados de la gestión técnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo;

d)

Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los regímenes y procedimientos aduaneros y cambiarios, así como las instrucciones que imparta el Nivel Central;

e)

Desarrollar las políticas presupuestales que garanticen el normal funcionamiento de la administración y velar por la correcta ejecución del presupuesto asignado; v) Recibir, almacenar y controlar los bienes de la Administración, de acuerdo con el sistema de inventario que determine la Secretaría General y garantizar su conservación, seguridad y distribución; w) Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las actividades de la Administración;

f)

Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislación aduanera y cambiaria en su jurisdicción, conforme a las normas vigentes;

g)

Supervisar y controlar la guarda y enajenación de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas;

h)

Ejercer las funciones de Policía Judicial, en los términos previstos por la ley;

i)

Administrar los recursos físicos y financieros asignados a la respectiva administración y garantizar la historia y buen estado de los inmuebles propiedad de la Nación;

j)

Administrar el recurso humano de la Administración en coordinación con las respectivas Oficinas del Nivel Central;

k)

Coordinar la evaluación de desempeño de los servidores públicos de su Administración, de acuerdo a las instrucciones de la Oficina Nacional de Servicio de Desarrollo Humano y remitir la información respectiva; I) Abocar el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las divisiones, cuando existan circunstancias que así lo ameriten; m) Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los ciudadanos; conforme a los procedimientos legales; n) De acuerdo con las políticas del Director General, establecer el sistema de control interno en las dependencias a su cargo, y o) Coordinar, efectuar y controlar las labores de procedimiento de información de la administración; p) Las demás que le asigne el Director General. CAPITULO IV De los Administradores Locales Divisiones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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