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Artículo 1

Modificación De La Situación De Desastre De Carácter Nacional

Decreto 544 de 2023 · Por el cual se modifican los términos de la declaratoria de la Situación de Desastre de Carácter Nacional y las normas especiales habilitadas de que trata el Decreto 2113 de 2022.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación de la situación de desastre de carácter nacional. Modificar los términos de la declaratoria de la Situación de Desastre de Carácter Nacional y las normas especiales habilitadas de que trata el Decreto 2113 de 2022, para atender y mitigar a través de la subcuenta temporal Colombia Vital del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo los efectos generados por el Volcán Nevado del Ruiz. En tal medida, se adiciona un

Parágrafo 2

al artículo 6° del Decreto 2113 de 2022, el cual quedará así: “

Parágrafo 2

° . Destinación de los recursos de la Subcuenta Colombia Vital . Los recursos de la subcuenta temporal Colombia Vital del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo, podrán emplearse, de manera general, para la implementación y continuidad de la política de gestión del riesgo de desastres en el país y, para facilitar y promover las evacuaciones, la coordinación, sistemas de alerta, capacitación, equipamiento, centros de reserva, albergues, entrenamientos y simulacros y, en fin, realizar las actividades de preparación para la respuesta, así como aquellas orientadas a la reducción del riesgo producto de la inestabilidad que presenta el Volcán Nevado del Ruiz.”

Parágrafo 2

Artículo 6 DECRETO 2113 de 2022

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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