Micelio

Artículo 54

Debe Solicitarse Autorización De La Sub-División De Drogas, Alimentos Y Cosméticos Para Cambiar La Fórmula Aceptada Del Producto

Decreto 2228 de 1962 · Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento, y se dictan otras disposiciones (segunda publicación, por haberse agotado la edición del diario oficial 30877 del 18 de agosto de 1962, donde apareció originalmente)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Debe solicitarse autorización de la Sub-División de Drogas, Alimentos y Cosméticos para cambiar la fórmula aceptada del producto. Propuesta la Continuación del Decreto: "Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento y se dictan otras disposiciones". Nueva fórmula, la Sub-División dará su concepto dentro del término de quince (15) días y se procederá en la forma prescrita en los artículos 29 a 33.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2228 de 1962