El Estado Mayor de cada División se formará de un General de esa clase, que será su Comandante general; de un General de Brigada, primer Ayudante general y Jefe de Estado Mayor; de un Teniente
Coronel, segundo Ayudante general; de un Capitán, Secretario del Comandante en Jefe;
de dos Ayudantes de la clase de Sargento Mayor á Capitán; de dos Ayudantes de campo subalternos; de un médico cirujano, con asimilación á Sargento Mayor; de un Auditor de Guerra, con asimilación á Teniente Coronel, y de 1as clases y ordenanzas que señala, el artículo 149 del Código Militar.