Micelio

Artículo 5

Decreto 4482 de 2006 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de parte de las acciones que la Nación posee en Isagén S. A., ESP.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Procedimiento de enajenación en la Primera Etapa. Las Acciones se ofrecerán a los Destinatarios de las Condiciones Especiales a través de una oferta pública de venta con un mecanismo de amplia publicidad y libre concurrencia, la cual se podrá llevar a cabo a través de la red de oficinas de los establecimientos de crédito contratados para dicho efecto. La oferta pública tendrá la vigencia que señale el respectivo Aviso de Oferta, la cual en todo caso no podrá ser inferior a dos (2) meses, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del aviso de oferta pública, previo el cumplimiento de las normas aplicables en materia de valores, en especial lo establecido en la Resolución 400 de 1995 de la Sala General de la antigua Superintendencia de Valores (hoy Superintendencia Financiera de Colombia) y las demás normas que la sustituyan, modifiquen, adicionen o complementen.

Parágrafo

Para todos los efectos legales, las Acciones serán transferidas a sus compradores una vez estas hayan sido adjudicadas, según el procedimiento que determine el Reglamento de Enajenación y Adjudicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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