Micelio

Artículo 3

Los Programas De Capacitación Se Organizarán Periódicamente Y Podrán Ser Ejecutados Directamente Por Los Organismos Y Entidades Públicos O, Por Solicitud De Éstos, En Instituciones Docentes O Especializadas, Preferencialmente Oficiales, En Concordancia Con Lo Dispuesto En Los Artículos 174 Y 115 Del Decreto 1950 De 1973

Decreto 752 de 1984 · Por el cual se reglamentan los programas de Capacitación y Bienestar Social previstos en los Decretos 2400 y 3129 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los programas de capacitación se organizarán periódicamente y podrán ser ejecutados directamente por los organismos y entidades públicos o, por solicitud de éstos, en instituciones docentes o especializadas, preferencialmente oficiales, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 174 y 115 del Decreto 1950 de 1973. Así mismo, cuando las necesidades del organismo lo justifiquen, podrá inscribirse personal en programas ofrecidos por centros educativos públicos o privados legalmente aprobados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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