Micelio

Artículo 7

La Educación Higiénica De Los Escolares, Sus Padres Y Maestros Se Liará Por Los Medios Escolares: A ) Al Practicar Los Exámenes Anuales De Los Escolares, En Presencia De Los Padres, Los Maestros Y La Enfermera Respectiva, A Fin De Que Unos Y Otros Se Den Cuenta Del Estado De Salud Del Niño, De Las Normas Higiénicas Que Deben Observar En Su Beneficio, Y De Las Medidas Profilácticas Individuales Y Familiares, Contra Las Enfermedades Que Pueden Comunicarse Al Niño; B ) Por Medio De Conferencias Periódicas Dictadas En La Escuela; C ) Instruyendo A Los Maestros, En Los Cursos De Vacaciones Qué Organicen Las Direcciones Departamentales De Educación, Sobre Todo Lo Relacionado Con La Higiene Escolar, Y Con Los Elementos De Higiene, General Que Sirven De Base Para Las Lecciones Que Deben Hacer Parte De Los Programas Escolares, Y Reiterando, Por Su Medio, La Labor De Educación Higiénica Del Niño, De Los Padres Y Maestros; D) Por Medio De La Cinematografía Educativa Y La Distribución De Folletos, Cuadros Murales Y Demás Elementos De Propaganda Higiénica

Decreto 2448 de 1936 · Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La educación higiénica de los escolares, sus padres y maestros se liará por los medios escolares: a ) Al practicar los exámenes anuales de los escolares, en presencia de los padres, los maestros y la enfermera respectiva, a fin de que unos y otros se den cuenta del estado de salud del niño, de las normas higiénicas que deben observar en su beneficio, y de las medidas profilácticas individuales y familiares, contra las enfermedades que pueden comunicarse al niño; b ) Por medio de conferencias periódicas dictadas en la escuela; c ) Instruyendo a los maestros, en los cursos de vacaciones qué organicen las Direcciones Departamentales de Educación, sobre todo lo relacionado con la higiene escolar, y con los elementos de higiene, general que sirven de base para las lecciones que deben hacer parte de los programas escolares, y reiterando, por su medio, la labor de educación higiénica del niño, de los padres y maestros; d) Por medio de la cinematografía educativa y la distribución de folletos, cuadros murales y demás elementos de propaganda higiénica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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