Micelio

Artículo 16

De La Ley 49 De 1967 Y El 4° De La Ley 47 De 1968 Se Continuará Cobrando En Todo El Territorio Nacional

Decreto 2343 de 1970 · por el cual se dictan normas para la organización y el funcionamiento de las Juntas Administradoras de Deportes.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimosexto. El recargo del 10% sobre el valor de cada boleta de entrada a los espectáculos públicos a que se refiere el artículo 5° de la Ley 49 de 1967 y el 4° de la Ley 47 de 1968 se continuará cobrando en todo el territorio nacional. La base para liquidarlo será el valor total que se cobre a los asistentes por cada boleta de entrada al respectivo espectáculo público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2343 de 1970