La elección de Directores se llevará a cabo en el mes de junio del respectivo año, a partir de 1972, y su período de duración se contará a partir del 1º. de julio del mismo año.
Decreto 695 de 1972 →Vigente
Artículo 12
La Elección De Directores Se Llevará A Cabo En El Mes De Junio Del Respectivo Año, A Partir De 1972, Y Su Período De Duración Se Contará A Partir Del 1º
Decreto 695 de 1972 · Por el cual se reglamenta el Título VI del Libro Primero del Código de Comercio sobre Cámaras de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.