Ley 522 de 1999 · LEY 522 DE 1999, 12/08/1999, por medio de la cual se expide el Código Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son causales de nulidad en el proceso penal militar:
1.
La falta de competencia del juez o del Fiscal durante la instrucción no habrá lugar a nulidad por razón del factor territorial.
2.
La comprobada existencia de irregularidades sustanciales que afecten el debido proceso.
3.
La violación del derecho a la defensa.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.