Micelio

Artículo 12

Ley 17 de 1905 · Sobre división territorial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 12. Autorízase al Gobierno nacional para disponer que la capital del Departamento de Cundinamarca se traslade fuera de Bogotá, á un lugar conveniente cuando aquél pueda comprar los edificios que hoy posee la Gobernación de este Departamento en la ciudad de Bogotá.

Parágrafo

La capital del Departamento, en caso de salír de Bogotá, se trasladará á uno de los Distritos que queden más inmediatos á la línea de alguno de los ferrocarriles que parten de esta ciudad. Si el Gobierno juzga conveniente, podrá erigir en Distrito el barrio de Chapinero para el efecto indicado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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