Micelio

Artículo 7

Ley 138 de 1948 · Por la cual se auxilia la población de Boyacá en el Departamento de Boyacá, y se reforman las Leyes 70 y 172 de 1938

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 138 de 1948