Micelio

Artículo 1

Decreto 113 de 1924 · Por el cual se distribuye la partida de $8.000 apropiada en el presupuesto para sostenimiento de Escuelas Nocturnas para obreros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Distribuyese la partida de $ 5,000 apropiada en el Presupuesto del presenta año para sostenimiento de Escuelas Nocturnas Nacionales para obreros, .de la manera siguiente: Sueldo del Inspector, a $ 35 mensuales en once meses $ 3 85 Sueldo de un Director para el Instituto Comercial, a $ 25, en once meses 275 Para pagar hasta seis Directores de grupo, a $ 22, en once meses 1,452 Para pagar hasta doce Maestros Seccional es de grupo, a $ 20, en once meses 2,640 $ 4,752 Para arrendamiento de locales y pago del alumbrado $ 2,409 Para pagar el servicio de las anteriores Escuelas Nocturnas, en enero en curso 320 Para gastos varios (premios, aseo, muebles e imprevistos) 519 $ 8,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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