Del cierre presupuestal del capítulo independiente de presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012. Los órganos y entidades que dispongan de apropiaciones no ejecutadas a 31 de diciembre de 2012 en su capítulo independiente del Sistema General de Regalías en sus presupuestos, adelantarán el cierre de dicho capítulo independiente, identificando los saldos no comprometidos, así como aquellas partidas que respalden compromisos adquiridos o cuentas por pagar, según los procedimientos definidos mediante manual que expida el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Adelantado este cierre, mediante acto administrativo del jefe de la entidad, y mediante Decreto del Gobernador o Alcalde, se incorporarán al capítulo independiente del presupuesto del Sistema General de Regalías los saldos no ejecutados que corresponderán a la disponibilidad inicial de dicho presupuesto, así como las destinaciones de los respectivos recursos y los compromisos pendientes de pago.