El Comandante de Batallón o Grupo encuadrado es el intermediario entre el Regimiento y las Compañías, Escuadrones y Baterías. En la instrucción le corresponde la de la Unidad constituida y la ejecución de las disposiciones dadas por el Comandante de Regimiento. Su acción con respecto a las Unidades subordinadas se refiere a la vigilancia que sobre ellas debe ejercer, pero intervendrá solamente cuando note abusos o faltas en la instrucción y servicios.
Decreto 1228 de 1927 →Vigente
Artículo 23
El Comandante De Batallón O Grupo Encuadrado Es El Intermediario Entre El Regimiento Y Las Compañías, Escuadrones Y Baterías
Decreto 1228 de 1927 · Por el cual se reglamenta la organización del Ejército.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.