Autorízase al Gobierno Nacional para contratar la inversión de la partida apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, con destino a la construcción de la Casa Nacional del Periodista, de Cartagena, con el Centro Literario "El Bodegón" de la misma ciudad; y para vender las actuales construcciones y sus lotes de las zonas de carretera en Medellín y Manizales, destinando su producto a edificaciones con ese mismo fin en ambas ciudades.
Ley 11 de 1946 →Vigente
Artículo 4
Ley 11 de 1946 · Por la cual se modifica el artículo 14 de la Ley 40 de 1945, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.