° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto, vigente: MINISTERIO DEL TRABAJO CAPITULO 50 Del artículo 672. Para materiales, arrendamientos, muebles, útiles de escritorio, jornales, luz, teléfonos y demás gastos similares del Departamento Nacional del Trabajo, sus dependencias, en el año. $ 19.000.00 CAPITULO 49 Al artículo 668. Para el pago de cuentas pendientes, de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas $ 19.000.00
Decreto 3478 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto, Vigente: Ministerio Del Trabajo Capitulo 50 Del Artículo 672
Decreto 3478 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio del Trabajo).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.