Micelio

Artículo 52

Decreto 184412201 de 1844 · Reglamentario de la renta del tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 52. El día dos de cada mes tendrá preparado el administrador un estado por cuatriplicado de especies i caudales en el mes anterior, suscrito por el i por el interventor si lo hubiere, i lo presentará al Gobernador o a la autoridad que practique la visita, con los libros, comprobantes i existencia de la cuenta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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