Micelio

Artículo 6

Decreto 3181 de 2002 · DECRETO 3181 DE 2002, 20/12/2002,

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Gerente Liquidador no podrá vincular nuevos servidores públicos, diferentes al Jefe de Control Interno, a la planta de personal de la Compañía de Financiamiento Comercial Cofinpro en Liquidación, ni realizar cualquier tipo de actividad que implique celebración de pactos o convenciones colectivas, o cualquier otro acto que no esté dirigido a la liquidación de la entidad. Sin embargo, podrá contratar servicios de personal con empresas temporales o de servicios técnicos o administrativos cuando las necesidades de la liquidación lo requieran. A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, el representante legal procederá a la terminación de los contratos de trabajo, a su liquidación y al pago de las sumas que correspondan de acuerdo con el régimen legal aplicable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3181 de 2002