Reglamento para la Transición Institucional. Dentro de los ocho (8) días siguientes a la expedición del presente Decreto, el Ministro de Justicia y del Derecho emitirá el Reglamento de Transición Institucional que contendrá el cronograma de actividades para surtir el proceso de transición institucional para que la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC) asuma las funciones que le fueron asignadas en virtud de la escisión. Los representantes legales del INPEC y de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC) adoptarán y ejecutarán dicho reglamento.
Decreto 4151 de 2011 →Vigente
Artículo 37
Reglamento Para La Transición Institucional
Decreto 4151 de 2011 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.