Inembargabilidad y Prescripción. Las asignaciones de retiro y demás prestaciones sociales a que se refiere este decreto, no son embargables judicialmente, salvo el caso de juicio de alimento conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia, y obligaciones con la Policía Nacional, el Ministerio de Defensa y los organismos adscritos o vinculados a éste. El derecho a reclamar las prestaciones sociales consagradas en este Estatuto, prescribe a los cuatro (4) años.
Decreto 2338 de 1971 →Vigente
Artículo 111
Inembargabilidad Y Prescripción
Decreto 2338 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.