º Los resultados de validaciones que realizan los institutos docentes aprobados deberán registrarse en planillas de calificaciones y en el libro de actas de exámenes de validación. Las actas deben contener además de los datos registrados en la resolución interna que las autoriza, la calificación en números y letras, firma de los profesores evaluadores y la promoción o pérdida de las asignaturas, el área, el período o el grado que hacen fe pública para expedir los correspondientes certificados. La documentación del validante deberá permanecer en archivo durante un mínimo de cinco años, pero las planillas de calificaciones deberán guardarse indefinidamente.
Decreto 1964 de 1987 →Vigente
Artículo 9
º Los Resultados De Validaciones Que Realizan Los Institutos Docentes Aprobados Deberán Registrarse En Planillas De Calificaciones Y En El Libro De Actas De Exámenes De Validación
Decreto 1964 de 1987 · por el cual se establecen los procedimientos para la validación de estudios y transferencias de alumnos y se derogan unas disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.