º. El Instituto de Crédito Territorial invertirá el aporte de capital de que habla el artículo anterior, en recoger el saldo de las emisiones de bonos Internos del Instituto, del siete por ciento y cinco por ciento (7% y 5%) anual. En compensación, el Instituto dé Crédito Territorial se hará cargo de pagar el subsidio familiar de vivienda establecido por el Decreto número 2462 de 1954.
Decreto 285 de 1955 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 285 de 1955 · Por el cual se provee a la financiación de Acerías Paz del Río, S. A., y del Instituto de Crédito Territorial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.