Micelio

Artículo 81

Separación Es La Situación Del Oficial De Las Fuerzas De Policía A Quien El Gobierno Coloca Fuera De La Institución En Forma Temporal O Absoluta En Acatamiento O Sentencia Condenatoria De La Justicia Militar, O De La Ordinaria O Por Petición De Un Tribunal Disciplinario O De Un Tribunal De Honor

Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Separación es la situación del Oficial de las Fuerzas de Policía a quien el gobierno coloca fuera de la Institución en forma temporal o absoluta en acatamiento o sentencia condenatoria de la Justicia Militar, o de la ordinaria o por petición de un Tribunal Disciplinario o de un Tribunal de honor.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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