Micelio

Artículo 140

La Indemnización Se Liquidará Con Base En El Salario Promedio Causado Durante El Último Año De Servicios, Teniendo En Cuenta Los Siguientes Factores: 1

Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La indemnización se liquidará con base en el salario promedio causado durante el último año de servicios, teniendo en cuenta los siguientes factores

1.

Asignación básica mensual devengada a la fecha de supresión del cargo.

2.

Prima técnica.

3.

Dominicales y festivos.

4.

Auxilios de alimentación y de transporte.

5.

Prima de navidad.

6.

Bonificación por servicios prestados.

7.

Prima de servicios.

8.

Prima de vacaciones.

9.

Prima de antigüedad.

10.

Horas extras

11.

Los demás que constituyan factor de salario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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