Asignación de la oferta nacional y territorial. Las entidades del nivel nacional y territorial que hacen parte del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), en el momento de asignar los cupos, subsidios y demás bienes y servicios ofrecidos para garantizar el goce efectivo de derechos de las víctimas, con base en los listados remitidos por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, deberán tener en cuenta los siguientes criterios mínimos, sin perjuicio de los criterios particulares de la oferta específica, de conformidad con las competencias propias de cada entidad
La situación y estado de las víctimas, es decir, si han superado o no las carencias de la subsistencia mínima o si han superado o no la situación de vulnerabilidad.
Si los hogares o personas víctimas se encuentran en procesos de retornos o reubicación.
Si han recibido o se encuentran dentro de algún proceso de asignación de oferta que contribuya directamente a la estabilización socioeconómica y pueda ser articulado y/o complementado con la oferta a entregar.
La pertinencia de la oferta, bien o servicio frente a la situación actual del hogar.
La regionalización de los proyectos de inversión de las respectivas entidades del orden nacional, deberá tener en cuenta la asignación a la que se refiere este artículo.
Las víctimas que hayan superado la situación de vulnerabilidad y que se encuentren en procesos de retorno o reubicación, accederán prioritariamente a las medidas de reparación que no hayan recibido hasta el momento y continuarán siendo priorizadas para el acceso a los programas sociales del Estado.