Ley 1 de 1972 · LEY 1 DE 1972, 08/02/1972, Por la cual se dicta un estatuto especial para el Archipiélago de San Andrés y Providencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La Intendencia Especial tendrá un presupuesto único el que se elaborará, ejecutará y administrará de conformidad con las normas orgánicas que para tal efecto dicte el Gobierno Nacional y las especiales que se fijan en la presente Ley.
Parágrafo
El Municipio de Providencia percibirá como mínimo un 10% del total de las rentas de la Intendencia. El Municipio de Providencia destinará la participación a que alude este parágrafo en planes de desarrollo económico y social.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.