La destinación hasta del treinta por ciento (30%) del valor de la reserva de capitalización económica para programas de saneamiento ambiental o de construcción de vivienda popular para los trabajadores de la empresa, cuando ellos se lleven acabo a través de entidades especializadas, sólo podrá revestir la forma de contratos de obra para la ejecución de los respectivos programas. Cuando se trate de construcción de vivienda popular para los trabajadores de la empresa, los contratos podrán ser para la financiación de la vivienda popular que adquiera o construya directamente el trabajador a un interés no superior al autorizado por la Junta Monetaria para esta clase de actividades. Se entiende por vivienda popular, para los efectos de este Decreto, aquella que corresponda a las especificaciones señaladas al efecto para cada región por el Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 16
La Destinación Hasta Del Treinta Por Ciento (30%) Del Valor De La Reserva De Capitalización Económica Para Programas De Saneamiento Ambiental O De Construcción De Vivienda Popular Para Los Trabajadores De La Empresa, Cuando Ellos Se Lleven Acabo A Través De Entidades Especializadas, Sólo Podrá Revestir La Forma De Contratos De Obra Para La Ejecución De Los Respectivos Programas
Decreto 1099 de 1974 · Por medio del cual se reglamenta la Ley 6ª de 1973 y otras disposiciones relativas al impuesto sobre la renta y complementarios
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.