Micelio

Artículo 2

Ley 123 de 1896 · por la cual se legalizan varios gastos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2º Legalízanse igualmente los gastos hechos por el señor José María Iragorri, Administrador de Correos de Popayán, en pago de sueldos, arrendamiento de local y útiles de escritorio de la Administración subalterna de la Provincia de Obando, duran los meses corridos de Julio de 1886 a Septiembre de 1887.

La Oficina General de Cuentas fenecerá, en consecuencia, las rendidas por el señor Iragorri, glosadas por falta de la formalidad a que se refiere este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 123 de 1896