Micelio

Artículo 42

Requisitos Para Obtener Liquidación De Cesantía Parcial Por Conducto De La Caja De Vivienda Militar

Decreto 1584 de 1976 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2340 de 1971, reorgánico de la Carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para obtener liquidación de cesantía parcial por conducto de la caja de Vivienda Militar. Cuando la solicitud de liquidación parcial de cesantía se haga por conducto de la Caja de Vivienda miliar el Agente debe presentar, los documentos que esta entidad exija, por su parte, la Caja de Vivienda Militar solicitará a la Dirección General de la Policía el anticipo de cesantía acompañando los siguientes documentos

a)

Solicitud con especificación del fin a que se destina.

b)

Certificación del préstamo que le haya otorgado la Caja de Vivienda Militar.

c)

Autorización conferida a la Caja por el Agente para solicitar la liquidación de cesantía parcial.

d)

Cese policial.

e)

Paz y salvo de la Administración de Hacienda Nacional. CAPITULO III De las vacaciones anuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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