Micelio

Artículo 3

La Amonestación Pública Será Impuesta Por El Director Del Icfes, Mediante Resolución Motivada, Contra La Cual Sólo Procederá, En La Vía Gubernativa, El Recurso De Reposición Dentro De Los Cinco (5) Días Hábiles Siguientes A Su Notificación

Decreto 2724 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Titulo VI del Decreto extraordinario 80 de 1980, sobre inspección y vigilancia de las instituciones de educación superior, oficiales y no oficiales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La amonestación pública será impuesta por el Director del ICFES, mediante resolución motivada, contra la cual sólo procederá, en la vía gubernativa, el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. Dicha resolución se publicará en un órgano escrito de amplia circulación en la respectiva localidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2724 de 1980