Micelio

Artículo 17

Para Que Una Federación O Confederación Pueda Convocar La Reunión De Una Asamblea General Federal O De Un Congreso Sindical, Se Requiere Que En El Momento De La Convocatoria Las Organizaciones Estén Funcionando Legal Y Normalmente, Y Tengan Inscritas Sus Juntas Directivas O Comités Ejecutivos

Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para que una federación o confederación pueda convocar la reunión de una asamblea general federal o de un congreso sindical, se requiere que en el momento de la convocatoria las organizaciones estén funcionando legal y normalmente, y tengan inscritas sus juntas directivas o comités ejecutivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1469 de 1978