Micelio

Artículo 2

Ley 112 de 1985 · sobre Presupuesto de Rentas, Recursos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1986.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprópiase para atender a los gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, durante el año fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1986 una suma igual a la calculada pava los Ingresos, o sea la cantidad de quinientos treinta y seis mil doscientos noventa y siete millones seiscientos cincuenta y siete mil pesos ($.536.297.657.000) moneda legal, distribuida institucionalmente, así:

TERCERA PARTE

Disposiciones Generales.

Del campo de aplicación y otras normas especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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