Micelio

Artículo 3

Ordénase La A Emisión De Cinco Millones (5

Decreto 2288 de 1953 · Por el cual se autoriza la emisión de unas estampillas conmemorativas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Ordénase la a emisión de cinco millones (5.000.000) de estampillas para Correo Ordinario, de cinco centavos ($ 0.05) y un millón (1.000.000) de estampillas para Correo Aéreo, de quince centavos ($ 0 15), conmemorativas del Primer Centenario del Natalicio del Procer Cubano José Martí, Apóstol de la Libertad Americana, y cuyo motivo central será su efigie y su foógrafo. 4° Las estampillas y planillas filatélicas a que se refieren los artículos anteriores, asi como las conmemorativas de los Juegos Olímpicos de Cali, y del Centenario de José Eusebio Caro, de que tratan los Decretos números 634 y 1875 del presente año, serán contratadas por el Departamento de Giros del Ministerio de Comunicaciones y su valor se cubrirá con cargo al tres por ciento asignado al mismo Departamento como comisión sobre la venta de estampillas de Corro Aéreo, por Decreto número 2294 de 1950. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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