Micelio

Artículo 2

Decreto 1488 de 1982 · Por el cual se concede una autorización al Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los recursos que de acuerdo con este Decreto ingresen a la Corporación Nacional de Turismo deberán ser destinados por esta entidad a inversiones que favorezcan el incremento del turismo en la Isla de San Andrés, según la determina su Junta Directiva, con la aprobación del Ministro de Desarrollo Económico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1488 de 1982