Tienen carácter de resoluciones de Policía e Higiene Públicas, y son por lo tanto de cumplimiento obligatorio, todas las providencias de sanidad vegetal que el Gobierno dictare, tanto en defensa de los cultivos, como sobre la importación, exportación, comercio y tránsito de productos vegetales, de material de propagación de plantas y de embalajes, y sobre la inspección y control del comercio, y aplicación de insecticidas y fungicidas, y maquinaria para el empleo de éstos.
Las infracciones o renuencias a cumplir las resoluciones de sanidad vegetal podrán sancionarse con multas de diez a quinientos pesos ($ 10 a $ 500) por cada vez, que impondrán los funcionarios que el Gobierno determine.