El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA, en coordinación con las organizaciones campesinas desarrollarán anualmente un plan de capacitación y de desarrollo comunitario, con el objeto de obtener en un tiempo prudencial que los socios de las empresas comunitarias puedan manejarlas eficaz e independientemente. Para efectos de lo establecido en este artículo, el INCORA en coordinación con las organizaciones campesinas determinarán los contenidos del plan y la metodología de la aplicación y con el apoyo del SENA realizarán los eventos. En todo caso los planes deberán tener en cuenta instrucción y formación completa sobre la empresa comunitaria, su naturaleza, objeto, duración, finalidades, características propias, funcionamiento, administración, papel y comportamiento de los socios, efecto de los aportes en dinero, especie, trabajo y distribución de beneficios.
Decreto 561 de 1989 →Vigente
Artículo 68
Decreto 561 de 1989 · Por el cual se expide el régimen jurídico de las Empresas Comunitarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.