° Cuando alguno de tales Contadores reciba orden de trasladarse de uno a otro vehículo, deberá entregar sus cuentas de especies y caudales al corriente y sin saldo alguno a su cargo. Mientras no se cumpliere con dicha formalidad, el traslado será diferido, y el Contador dejará de devengar el sueldo que le corresponda, sin perjuicio de las demás responsabilidades en que incurriere.
Decreto 1527 de 1918 →Vigente
Artículo 2
Cuando Alguno De Tales Contadores Reciba Orden De Trasladarse De Uno A Otro Vehículo, Deberá Entregar Sus Cuentas De Especies Y Caudales Al Corriente Y Sin Saldo Alguno A Su Cargo
Decreto 1527 de 1918 · Sobre los Contadores del ramo de Canalización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.