Micelio

Artículo 1

A Partir De La Asignación Que Haga El Gobierno Nacional En Cuanto A La Marca Del Campero Que Producirá Colombia Y La Firma Ensambladora Del Mismo, La Correspondiente Planta Industrial De Ensamblaje Tendrá Su Sede En El Municipio O En El Area Metropolitana De Barranquilla

Decreto 2544 de 1982 · por el cual se establece la sede de la planta ensambladora de camperos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir de la asignación que haga el Gobierno Nacional en cuanto a la marca del campero que producirá Colombia y la firma ensambladora del mismo, la correspondiente Planta Industrial de ensamblaje tendrá su sede en el Municipio o en el Area Metropolitana de Barranquilla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2544 de 1982