Otorgamiento. La Medalla Militar “Servicios Distinguidos a la Administración, Planeación, Desarrollo e Incorporación del Talento Humano” en la Armada Nacional, será otorgada por única vez, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.3.1. del Decreto número 1070 de 2015, y que, a consideración del Consejo de la Medalla, se hagan merecedores de esta distinción.
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