Cada Intendencia De División Tendrá El Siguiente Personal De Empleados: Un Intendente, Con Carácter De Teniente Coronel; Un Contador Mayor, Con Carácter De Mayor; Dos Contadores Terceros, Con Carácter De Subtenientes
Decreto 403 de 1910 · Por el cual se organizan las Intendencias de División
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Cada Intendencia de División tendrá el siguiente personal de empleados: Un Intendente, con carácter de Teniente Coronel; Un Contador Mayor, con carácter de Mayor; Dos Contadores terceros, con carácter de Subtenientes.
Parágrafo
El Contador Mayor ejercerá las funciones de Habilitado de la Comandancia de la División y prestará la fianza legal; y los Contadores terceros serán Ayudantes el uno del Intendente y el otro del Contador Mayor.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.