Micelio

Artículo 23

Decreto 2158 de 1992 · por el cual se reestructura la superintendencia de notario y registro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Asistencia Técnica al Registro. - Son funciones de la División de Asistencia Técnica al Registro las siguientes:

1.

1. Preparar y ejecutar planes operativos y de desarrollo de la Dependencia, identificando acciones integradas y de control interno e informarlas a la Dirección Administrativa del Registro de Instrumentos Públicos para su consolidación en las Oficinas de Planeación e Informática y de Control Interno, según su competencia.

2.

2. Prestar asesoría y asistencia técnica a las oficinas de registro conforme a sus consultas sobre la operación y atención del servicio de registro de instrumentos públicos y coordinar con las reparticiones centrales especializadas, su estudio y solución.

3.

3. Adelantar los estudios técnicos que se requieran para la modernización y eficiente prestación del servicio de registro de instrumentos públicos; sugerir los cambios a efectuar y evaluar los avances al respecto.

4.

4. Apoyar el desarrollo e implantación de sistemas informáticos en las oficinas de registro, tales como el folio magnético, telecomunicaciones, automatización de oficinas y sistematización de procedimientos y de otros aspectos operativos y administrativos del registro.

5.

5. Coordinar la elaboración y desarrollo de programas de capacitación y difusión de técnicas y procedimientos modernos de registro de instrumentos públicos, informática, aplicación de las normas sobre su funcionamiento, operación y atención al público, entre otros.

6.

6. Rendir informes periódicos y los demás que le sean solicitados por la Dirección Administrativa de Registro de Instrumentos Públicos.

7.

7. Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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