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Artículo 18

Reglamento De Enajenación Y Adjudicación

Decreto 2305 de 2016 · por el cual se aprueba el posee en Programa de Enajenación de las acciones que Ecopetrol S. A. la Empresa de Energía de Bogotá S. A. E.S.P.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reglamento de Enajenación y Adjudicación. El Reglamento que se expedirá por parte de Ecopetrol contendrá, entre otros aspectos, los siguientes

a)

Las reglas, procedimientos, condiciones y modalidades correspondientes al desarrollo del proceso de enajenación;

b)

Las condiciones especiales de que trata el artículo 5° del presente decreto para la Primera Etapa;

c)

Las reglas aplicables para la presentación de aceptaciones de compra;

d)

La forma de acreditar los requisitos que se establezcan;

e)

El monto y la calidad de las garantías de seriedad de las aceptaciones;

f)

El precio y la forma de pago;

g)

Las reglas correspondientes a la adjudicación de las Acciones;

h)

Las reglas correspondientes a la ley de circulación y administración de las Acciones conforme al Reglamento de Operaciones de Deceval; y en general,

i)

Todos los aspectos que se requieran para desarrollar el Programa de que trata el presente decreto.

Parágrafo

El Enajenante expedirá el Reglamento, aprobará los adendas que lo aclaren o modifiquen y absolverá las consultas respecto del presente Programa o el Reglamento que sean formuladas por los interesados. Para estos efectos, el Enajenante podrá nombrar un comité o una persona específica encargada de llevar a cabo dichas funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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