º. El municipio de Suárez, Cauca, deberá entregar a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público- las acciones mencionadas en el artículo anterior junto con una certificación de la Empresa de Energía del Pacífico S. A. ESP, EPSA, en la que conste el correspondiente registro en el libro de accionistas, y solo hasta que se entreguen las acciones se entenderá efectuado el pago por parte del municipio de Suárez, Cauca.
Decreto 428 de 2005 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 428 de 2005 · por el cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público- para canjear instrumentos de deuda interna del municipio de Suárez, Cauca, por acciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.