Micelio

Artículo 11

Ley 76 de 1920 · Sobre Policía de Ferrocarriles

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda empresa ferroviaria deberá estar provista del material rodante y de cuantos elementos sean necesarios para que el transporte se haga en proporción a la actividad de las comunicaciones de la región a que sirven.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 76 de 1920